• Català
  • Castellano
  • English
Áreas Servicios Generales Presidencia El TSJIB no apoya una demanda de despido improcedente de un bombero contra el Consell de Formentera

El TSJIB no apoya una demanda de despido improcedente de un bombero contra el Consell de Formentera

2.59pm
El TSJIB no apoya una demanda de despido improcedente de un bombero contra el Consell de Formentera

El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears ha emitido una sentencia en la que descarta que el bombero Rubén Castellar Lozano fuera despedido de forma improcedente y anula la obligación del Consell de Formentera que pagar 10.143€ por salarios pendientes, como él pretendía y disponía la sentencia de instancia anterior.

Rubén Castellar trabajó en el Consell de Formentera entre el 7 de marzo de 2016 y el 31 de enero de 2017, momento en el que comunicó su intención de dejar el servicio. A pesar de esta voluntad expresada, el día que debía materializar la baja el bombero se presentó en el lugar de trabajo con su abogada y un notario, simulando que él nunca había querido dejar de trabajar e interpuso una demanda por despido improcedente.

Sobre este aspecto, el TSJIB ha afirmado que "se declara probado que el demandante comunicó a la entidad su voluntad de no renovar el contrato de trabajo, por lo que el contrato se extinguió por baja voluntaria y no por decisión unilateral de la empresa".

También se anulan los 10.143€ de salarios pendientes que se fijaba en la anterior sentencia para que el bombero pretendía tener el beneficio de un convenio que no le era de aplicación. La sentencia expone que "el salario del demandante es el pactado en el contrato de trabajo, no siendo aplicable el convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ya que el Consell Insular de Formentera no es administración de la Comunidad Autónoma ya que tiene su propia Administración".

Caso del bolsín

Se trata del mismo bombero que demandó al Consell de Formentera para la aplicación del antiguo bolsín de 2014, caso que ganó, y por lo que consiguió del Consell de Formentera el pago de una indemnización sin trabajar, ya que la sentencia estimaba que debería haber comenzado su servicio en la isla en verano de 2014 y no ingresó hasta marzo de 2016.

Gabinet de Premsa


971 32 10 87 - Ext: 3181
premsa@conselldeformentera.cat

twitter

 

facebook

boto INSTAGRAM

boto YOUTUBE